24 de enero de 2025
A partir del día de la fecha, los precios de bienes y servicios podrán mostrarse en dólares estadounidenses o en otra moneda extranjera, además de la moneda local (pesos), indicando el importe total y final que deba abonar el consumidor. Así lo estableció la Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.
La norma también prevé
que los establecimientos comerciales deben indicar el precio por unidad de
medida, y que el precio de góndola coincida con el que se cobra en líneas de
cajas.
Al
contado o financiado: cómo se deben mostrar los precios en cuotas
En caso de que la
compra se efectúe a través de financiación corresponderá que se indique el
precio de contado, la cantidad y monto de cada una de las cuotas así como el
costo financiero total efectivo anual (CFTEA).
Quienes ofrezcan directamente al público servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior podrán dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución exhibiendo y publicitando los precios de los mismos en dólares. La exhibición de los precios deberá efectuarse en forma clara, visible, horizontal y legible, a la vista y al alcance del consumidor.
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En cuanto a las listas
de precios, deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público,
y el comercio optará por presentarlas de manera digital o en papel.
Desde
cuándo será necesaria la leyenda "Sin impuestos nacionales"
También, desde el 1 de
abril los comercios tendrán que incluir en la góndola, en menor tamaño, la
leyenda "PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES" con el importe neto sin IVA ni impuestos
nacionales indirectos. Lo expuesto regirá para la exhibición de precios en
comercios y para anuncios publicitarios emitidos por cualquier medio.
La Resolución
simplifica el sistema de exhibición de precios que estaba regulado por una
Resolución del año 2002, que en 27 artículos dictaminaba como debían exhibirse
los precios de múltiples bienes y servicios.
La nueva norma establece el principio general de que debe presentarse a los consumidores el precio final del producto, tanto de manera presencial o virtual. Las ofertas y descuentos podrán ser publicadas de manera independiente de la información en fleje de góndola que indica la nueva normativa.
El
Gobierno habilitó el pago en dólares con tarjeta de débito
El Banco Central dio un
paso importante hacia la competencia de monedas al habilitar pagos en dólares a
través de tarjetas de débito y códigos QR. Esta medida permitirá a los
consumidores utilizar sus dólares depositados en cuentas locales para
transacciones diarias y ampliará las opciones de pago para comercios que elijan
operar en moneda extranjera.
1. ¿Qué
habilitó el Banco Central?
2. ¿Cuándo
entra en vigencia?
3. ¿Cómo afecta
a los consumidores?
4. ¿Qué implica
para los comercios?
5. ¿Qué es el
QR interoperable?
7. ¿Qué
diferencia tiene el DEBIN Programado?
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